Es una nueva ley de tránsito que se rigió desde del 3 de mayo del 2010, ya que precisamente es regular a ciertos automotores que circulen durante seis horas por cada día, “de acuerdo con el último dígito de su placa.”
Es decir, los números terminados en 1 y 2 de la placa, no podrán circular los días lunes, 3 y 4, los martes, 5 y 6, los miércoles, 7 y 8, los jueves, y 9 a 0, los viernes.
La restricción para los automotores que terminen en los números y días que ya los dije, será a partir de las “07:00 a 09:30 y de 16:00 a 19:30.”
Esta ley comprende desde:
- 1. Avenida Morán Valverde, al sur.
- 2. Diego de Vásquez, al norte.
- 3. Mariscal Sucre, al occidente.
- 4. Simón Bolívar, al oriente.
Si un automotor es sancionado por esta nueva ley, será sancionado con los siguientes datos:
1. $80 dólares de multa y retención del vehículo por un día.
2. Si reitera por segunda vez, la sanción será de $120 dólares y tres de días de retención del vehículo.
3. Si es sancionado por tercera ves la sanción será de $240 dólares y retirado el vehículo por cinco días.
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“Los automotores que sí podrán circular normalmente son los del Presidente y Vicepresidente de la República, cuerpo diplomático y consular, personas con discapacidad, tercera edad en capacidad de conducir, de emergencia, moto bombas, Policía Nacional, transporte urbano, escolar, institucional, taxis y camionetas legalmente reconocidos.”
En los túneles del centro de San Diego San Juan, San Roque, se reabrió nuevamente, por mantenimiento durante 76 días, y que también, en esa zona, ya rige la ley del pico y placa, para ese sector.
Fuente.

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